El Gobierno eliminó recientemente el Impuesto PAIS que se dirigía a compras en el exterior, que aplicaba tanto para divisas como servicios e importaciones, pero actualmente continúan cobrándose otros impuestos, como el régimen de percepción de Ganancias y Bienes Personales que alcanza a todos los ciudadanos que superen el mínimo no imponible.
¿Qué es este impuesto, qué bienes constituyen un bien personal y quienés deben pagarlo? Responderemos todas estas cuestiones para que puedas entenderlo y así atender a tus propias finanzas sin estar en deuda con ARCA.
De qué se trata el Impuesto de Bienes Personales y qué incluye
Bueno, es un impuesto que se aplica sobre los bienes situados en el país y, según el caso, también en el exterior. Entran en juego todos los que poseas en tu patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Para comprender qué se considera como uno hay una lista exhaustiva en ARCA, en donde se mencionan, por ejemplo:
- Los inmuebles ubicados en el país y el exterior.
- Los derechos reales constituidos sobre bienes situados en el país y el exterior.
- Las naves y aeronaves de matrícula nacional y extranjera.
- Los automotores patentados o registrados en el país y el exterior.
- Los bienes muebles registrados en el país.
- El dinero y los depósitos en dinero que se hallaran en el país al 31 de diciembre de cada año.
- Las monedas virtuales o digitales, los criptoactivos o similares.
También hay una lista que indica los bienes exentos del impuesto, como:
- Las cuotas sociales de las cooperativas.
- Los bienes inmateriales (llaves, marcas, patentes, derechos de concesión y otros bienes similares).
- Los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la Ley de Entidades Bancarias, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el BCRA.
Quiénes son alcanzados por el impuesto
Esta parte es bastante sencilla, ya que son susceptibles de ser alcanzados por el impuesto aquellas personas residentes en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior. Pero también se incluyen a las personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país.
Entonces, si la valuación total de tu patrimonio para cada período fiscal supera el monto mínimo establecido a partir del que se aplica el impuesto, deberás darte de alta en el sistema si aún no lo estás, y presentar una declaración jurada donde determinarás el importe a ingresar. Ahora, ¿cómo saber ese monto?
Cómo sé qué monto debo pagar
Primero, tenés que saber que, para el período 2024, tendrán que pagar el impuesto aquellas personas cuyo patrimonio supere esta cifra: 292.994.964,89 de pesos. A partir de ahí hay una escala establecida que define de cuánto es el monto dependiendo de cuánto te excedas:
Por otro lado, siempre teniendo en cuenta el periodo fiscal de 2024, tenés que tener en cuenta el calendario de pagos para la presentación de la declaración jurada y el pago posterior, que es el siguiente.
terminación de cuit |
Fecha de presentación |
Fecha de pago |
---|---|---|
0, 1, 2 y 3 |
11/06/2025, inclusive |
12/06/2025, inclusive |
4, 5 y 6 |
12/06/2025, inclusive |
13/06/2025, inclusive |
7, 8 y 9 |
13/06/2025, inclusive |
17/06/2025, inclusive |
Si no presentás todo en tiempo y forma, según el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Fiscal, "el que omitiere el pago de impuestos mediante la falta de presentación de declaraciones juradas o por ser inexactas las presentadas, será sancionado con una multa graduable entre el cincuenta por ciento (50%) y el ciento por ciento (100%) del gravamen dejado de pagar".
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