A través de la resolución 3132/2024, el gobierno de Argentina realizó varios cambios en el sistema de tenencia de cannabis medicinal que llevaba a cabo el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
El instituto funciona para aquellas personas que necesitan la planta de marihuana en tratamientos medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor. En un principio solamente estaba habilitada para pacientes con epilepsia refractaría, pero a partir de 2021 se expandió el alcance de la medida. Hasta 2023 existían 87.327 personas inscriptas que contaban con hasta nueve plantas y podían transportar 40 gramos en flores secas o seis goteros de 30 ml.
Con la nueva regulación, las asociaciones civiles o fundaciones deberán contar con las siguientes características para inscribirse en el REPROCANN:
- Estar inscriptos como personas jurídicas ante los organismos correspondientes, según al territorio que pertenezcan
- Qué dentro de sus objetivos se encuentra la investigación del uso medicinal de la planta, sus derivados y tratamientos no convencionales
- Presenten la documentación necesaria sobre las personas que se encuentran trabajando/colaborando en la asociación o fundación
- Que ninguno de los miembros posea antecedentes penales
- Tener a mano una indicación médica que constate la necesidad del cannabis
- "Requisito excluyente", contar con la Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la planta.
El último punto aplica para las instituciones como, también, profesionales de la salud, buscando generar una mayor transparencia en el proceso y que se constate la especialidad de los doctores. Sin embargo, las críticas provienen del mismo sector, ya que esto limita la cantidad de clínicos que pueden dar un diagnóstico que facilite el uso de la marihuana.
Otras preocupaciones surgieron por parte de los pacientes que necesitan la droga para sus tratamientos. Sin embargo, ellos no requieren de estudios o especializaciones para su enfermedad, las únicas condiciones que se les aplicaron fueron:
- Cada habitante inscripto en el programa podrá representar bajo el rol de cultivador, como máximo dos personas, ella incluida
- Cantidad de plantas florecidas: entre una y nueve por paciente/cultivador
- Límite de hasta seis m² para cultivar en interiores, y hasta 15 m² para exteriores
- Podrán transportar hasta seis frascos de 30 ml o 40 gramos de flores secas
¿Cómo sacar la diplomatura en Cannabis Medicinal?
A pesar de que el gobierno anunció estos cambios en materia administrativa, no hizo ninguna aclaración de como conseguir las facultades para el "requisito excluyente". Los más afectados en esta situación son las OSC y las ONG, que deberán destinar mayor cantidad de recursos en este nuevo aprendizaje.
El Ministerio de Salud no se manifestó sobre como adquirir estas nuevas facultades para el uso de la marihuana medicinal. Se desconoce si brindarán cursos sobre su uso o si cada persona y entidad deberá conseguirlo de manera personal o a través de una entidad privada asociada con el Estado.
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