El presidente de Argentina hizo oficial la reforma laboral a través del Boletín Oficial y el decreto 847/2024. En el mismo se renovaron los periodos de pruebas, una cláusula antibloqueo y la posibilidad de contratar a trabajadores independientes que no figuren en el sistema de contratación, entre otras medidas.
El ministro de Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, fue uno de los encargados de llevar a cabo estas modificaciones. “Nuestra solución fue esta: darle libertad a las partes para que pueda cada sector encontrar la mejor solución. Además, hay un tercero en discordia: los costos de la incertidumbre y la industria del juicio. Al reducir la incidencia de estos costos es que trabajadores y empresarios pueden encontrar un sistema mejor para ambas partes”, explicaba en la red social X.
Los cambios más importantes son cinco y cada uno implica un nuevo funcionamiento en las relaciones laborales. Un ejemplo es el Cese laboral, aquí las partes podrán acordar las formas para dar de baja su relación. Los remplazos de las indemnizaciones son el armado de fondos individuales o colectivos de trabajo y la contratación de seguros para hacer frente a estos casos.
Pago de deudas. Ahora los empresarios o dueños pueden cancelar deudas en los impuestos a la seguridad social, con pagos acordes al tamaño de su empresa. Es decir, no serán multados o recibirán contravenciones por no registrar correctamente a sus trabajadores dentro del circuito de empleo.
Más puntos de la reforma
Las mujeres embarazadas tendrán solamente 10 días de licencia antes de dar a luz, cuando antes podían descansar hasta un mes. Por otro lado, se extendió el periodo de prueba y/o pasantía para nuevas contrataciones de tres a seis meses. Incluso, en algunos casos, podría ser de hasta un año entero.
También se aprobó la contratación de hasta tres individuos para la realización de una tarea determinada, que no tengan que completar los registros en relación de dependencia. Esto busca que los empleadores eviten procesos burocráticos para situaciones a corto plazo y que no se extenderán mucho en el tiempo.
El último punto es la cláusula antibloqueo. A partir de ahora, cualquier participación parcial o total en cortes o tomas que afecten el desarrollo de las actividades, será considerado como una causa válida para el despido. Este punto es el más polémico para los argentinos, ya que el derecho a huelga está presente en la Constitución Nacional.
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