La extensión por reconocimiento de la ANSES es un trámite que le reconoce los aportes jubilatorios a todas las personas dentro del ámbito nacional, sin importar que hayan sido declarados por empleadores o por el trabajador de manera independiente. Si tienes algunos años que no figuran en tu historial de trabajo, aquí te explicamos cómo hacer para que el Estado te los reconozca.
Para poder realizarlo, necesitas dirigirte a la página de ANSES. Allí ingresarás a la Atención Virtual y para luego elegir la opción de “Solicitar Reconocimiento de Servicios”. Recuerda que para ingresar a este sistema se te pedirá tu CUIL/CUIT y Clave de la Seguridad Social, si no tienes esta última la puedes generar a través de este link.
Una vez ingresada/o requerirás tener a mano una foto de tu Documento Nacional de Identidad tanto del frente como del dorso. Por otro lado, necesitarás recibos de sueldo o facturas que prueben los periodos de tiempo trabajados, una certificación de servicios emitida por tus empleadores y telegramas que hayas enviado o recibido a tus empleos que ya no estén activos, reclamando por los aportes faltantes.
Luego, el sistema te pedirá que cargues toda la información y los documentos que tienes para empezar el reclamo. Incluso, te pedirá que desarrolles, con tus propias palabras, lo ocurrido. Al terminar, ANSES se tomará unos días o hasta una semana, para procesar todos los elementos y comprobar que se te deben reconocer más años de trabajo. De ser así se comunicarán contigo por vías oficiales(e-mail, mensaje de texto o WhatsApp).
¿Por qué necesitarías la extensión de reconocimiento de servicios?
ANSES sostiene que este trámite lo podés realizar en cualquier momento de tu vida laboral, ya sea que:
- Necesitas presentar ante organismos provinciales o cajas previsionales los aportes que te realizaron en el ámbito nacional.
- Contás con la documentación necesaria para demostrar períodos trabajados que no están registrados en ANSES.
Además, si todos tus aportes no están en regla a la hora de retirarte, ocurrirán dos cosas, o no podrás cobrar tu jubilación, o los montos que recibas serán menores a los que deberías.
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