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Cómo funciona la prestación por desempleo ANSES: así se tramita

Cómo funciona la prestación por desempleo ANSES: así se tramita

Como Tramitar La Prestacion Por Desempleo En Anses
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La prestación por desempleo es un pago que se le hace a las personas que fueron despedidas sin justa causa, por fin de contrato o por causas externas a ellos, siempre y cuando estuviesen en relación de dependencia, según la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013

El trámite es sencillo y consta de simples pasos a seguir. En primer lugar, se necesitan ciertos requisitos según el tipo de trabajador que fuiste:

  • Si fuiste trabajador permanente: necesitas al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores a que te despidan o la finalización del contrato
  • Si fuiste trabajador eventual y/o de temporada: necesitas haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año antes del cierre de tu contrato

Luego de recopilada toda la información que tengas sobre tus trabajos y el despido, la ANSES te solicitará el documento nacional de identidad, el original y una copia del mismo y, también, documentación que compruebe que dejaste de trabajar y justifique el desempleo, según el caso:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, una carta documento o nota que certifique el despido por parte del empleador
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: una nota del síndico que certifique que el contrato laboral fue disuelto; sentencia de quiebra autenticada por un juzgado; telegrama del empleador notificando el cese de actividades por quiebra y/o un ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: se pide un telegrama de intimación y el telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador
  • La no renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo firmado
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia del certificado del acta o partida de defunción
  • Por haber padecido enfermedad/accidente no relacionados con el empleo o enfermedades/accidentes laborales al momento en el que se produjo el cese en su último empleo: presentar un certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación laboral.

Una vez que tengas todo el material, debes ingresar a la página de ANSES llamada “Atención Virtual”. Ahí se te solicitará tu número de CUIL y tu clave de seguridad social.

Atencion Virtual Anses

El trámite es gratuito y se puede realizar, también, de manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo.

Por último, te pedirá completar tu solicitud a la prestación por desempleo con la documentación anteriormente mencionada. En caso de que se te apruebe el pedido, el Ministerio de Capital Humano te contactará vía WhatsApp, correo electrónico o a través del recibo de cobro.

Consideraciones importantes para tramitar la prestación por desempleo

Una de las aclaraciones que hace la ANSES es que si durante tu trabajo hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, debes realizar obligatoriamente un trámite previo.

También, mientras estés cobrando la prestación por desempleo, vas a tener el derecho a recibir asignaciones familiares y seguir perteneciendo a la obra social que te afiliaste.

En cuanto al cobro de la prestación por desempleo, ANSES se encarga de gestionar la apertura de una caja de ahorro de la seguridad social para vos, así podés retirar el dinero de manera presencial por una sucursal bancaria. Luego el banco te otorgará una tarjeta de débito para que la puedas usar en los cajeros automáticos. Sin embargo, para efectivizar todo esto debes presentarte en el banco asignado y formalizar la apertura de tu cuenta. Si ya sos cliente de otro banco podés solicitar el cambio.

Además, es importante que sepas que el monto que vas a cobrar y sus cuotas (entre dos y doce) se calculan entre los ingresos y meses que trabajaste durante los últimos tres años. Las personas que tengan más de 45 años cobran durante un periodo de seis meses más.

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