A través del decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, el gobierno de Argentina autorizó a que ciertos medicamentos y productos se puedan comprar sin la intervención de un farmacéutico o tercero. El objetivo es facilitar los tratamientos fehacientes, veraces y la protección del consumidor.
No es la primera vez en este 2024 que las formas en las que funcionaba la salud en el país fueron modificadas. Hemos pasado por cambios en la formulación de recetas de los médicos de cartillas hasta Mercado Pago ofreciendo planes de salud a través de su aplicación.
Sin embargo, esta modificación ya sigue una lógica por el mandato de Javier Milei. Desde su asunción, junto a los ministros de salud (antes Mario Russo, ahora Mario Lugones) han hecho que muchos medicamentos pasen a ser de “venta libre”. Esto quiere decir que no se necesitan recetas para su compra y, por lo tanto, las obras sociales no aplican descuentos sobre ellos, haciendo más costosa su adquisición.
A pesar de este cambio, los fármacos deberán seguir entregándose en cajas cerradas, con sus prospectos y únicamente a mayores de 18 años.
La nueva medida implicaría que todos los bienes que entren en esa categoría se puedan obtener sin la necesidad de que un especialista o personal de farmacia interceda. Para el gobierno, estos trabajadores no hacen más que entorpecer la libre elección de las personas en su salud y su forma de vivir.
“Que en virtud de ello, y con el fin de proteger al consumidor, corresponde fijar condiciones para su expendio que garanticen un tratamiento fehaciente y veraz de la información y aseguren la libertad de elección sin menoscabar el derecho a la salud”, detalla la normativa.
Su venta deberá hacerse a través de góndolas de fácil acceso para los clientes y ninguno debe quedar afuera del alcance de las personas. Las farmacias tienen un plazo de 60 días para reorganizar su inventario y la distribución de su local. Los comercios que no puedan ajustarse a este cambio por falta de espacio, no verán ningún tipo de sanción por parte de la ley.
¿Qué medicamentos son absorbidos por el nuevo decreto?
Además de antiácidos, analgésicos o cualquier elemento bajo la denominación de “venta libre”, también se suman los de higiene o estética personal, desinfectantes, profilácticos e insecticidas, entre otros.
El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires emitió un comunicado en contra, sosteniendo que “esa norma no tiene vigencia en territorio bonaerense y advertimos que las leyes vigentes en la provincia de Buenos Aires establecen que la dispensa de medicamentos, incluso de aquellos denominados de venta libre o sin receta, debe realizarse personalmente, en el mostrador de la farmacia, bajo la supervisión de un profesional”.
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